Corte Suprema · Penal
Vulnerabilidad de la mujer cuya extradición se concedió justifica audiencias telemáticas
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la múltiple vulnerabilidad de la amparada y el daño que su traslado causaría a sus hijos menores obligan al Estado, conforme a la Convención de Belém do Pará, a facilitar las audiencias telemáticas pedidas por el tribunal extranjero. Revocó y acogió en parte el amparo, ordenando oficiar a la Cancillería.
Materias tratadas
- Recurso de amparo
- Extradición pasiva ya concedida
- Audiencias telemáticas para juicio abreviado en el extranjero
- Vulnerabilidad de la mujer y derechos de los hijos
- Convención de Belém do Pará
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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