Corte Suprema · Civil

Vencido el término probatorio, impulsar el proceso es carga del tribunal

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, vencido el término probatorio, impulsar el proceso es carga del tribunal, que debe citar de oficio a las partes a oír sentencia (artículo 432 del Código de Procedimiento Civil). En el período cuestionado hubo gestiones útiles. Rechazó la casación en la forma, acogió la de fondo y, en reemplazo, rechazó el incidente de abandono.

Materias tratadas

  • Abandono del procedimiento
  • Impulso procesal de oficio
  • Citación a oír sentencia
  • Calificación de gestión útil
  • Renuncia a prueba confesional
  • Interpretación de los artículos 152 y 432 del Código de Procedimiento Civil

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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