Corte Suprema · Civil

Validez de la promesa de cosa ajena y renuncia tácita a gananciales

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la promesa de cosa ajena es válida y la renuncia a gananciales puede ser tácita, como cuando la mujer, disuelta la sociedad conyugal, promete vender un bien reservado. Incumplió el comprador al negarse a firmar. Acogió la casación, declaró resuelta la promesa, rechazó la reconvención y negó la cláusula penal compensatoria, incompatible con la resolución.

Materias tratadas

  • Contrato de promesa de compraventa
  • Resolución de contrato por incumplimiento esencial
  • Renuncia tácita a los gananciales en el patrimonio reservado (artículos 150 y 1782 del Código Civil)
  • Validez de la promesa de cosa ajena (artículo 1815 del Código Civil)
  • Incompatibilidad de la cláusula penal compensatoria con la resolución contractual
  • Principio de buena fe y doctrina de los actos propios

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.