Corte de Apelaciones de Santiago · Penal
Sindicación de la víctima minutos después de conocido el delito configura flagrancia
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, habiendo transcurrido solo cinco minutos entre la noticia del delito y la sindicación del imputado por la víctima, la policía actuó dentro de la flagrancia del artículo 130 del Código Procesal Penal. No obsta que no se recuperara el celular, pues en esta etapa no se exige prueba acabada. Revocó y declaró legal la detención.
Materias tratadas
- Control de la detención
- Legalidad de la detención en hipótesis de flagrancia (artículo 130 del Código Procesal Penal)
- Proximidad temporal entre la noticia criminis y la sindicación presencial por la víctima
- Deber policial de protección del imputado sindicado y agredido
- Estándar probatorio atenuado en la etapa primigenia de la investigación
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web