Corte Suprema · Civil

Responsabilidad por el hecho ajeno: la dependencia es un estado de hecho

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la dependencia que exige la responsabilidad por el hecho ajeno es un estado de hecho, sin importar si deriva de un contrato laboral o civil: basta que el autor material del daño estuviera bajo el cuidado o supervisión del demandado. Rechazó la casación en el fondo, manteniendo la condena por daño emergente.

Materias tratadas

  • Responsabilidad extracontractual por el hecho ajeno (artículos 2320 y 2322 del Código Civil)
  • Relación de dependencia como "estado de hecho"
  • Responsabilidad del mandante por actos del contratista
  • Daño emergente

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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