Corte Suprema · Penal
Recoger droga de un antejardín ajeno no vulnera la inviolabilidad del hogar
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, ante signos evidentes de ocultamiento de evidencia en flagrancia, rige el artículo 206 del Código Procesal Penal, y que introducir la mano por la reja no es ingreso al inmueble; además, la eventual afectación de la privacidad de un tercero no agravia al imputado. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- El levantamiento de evidencia ilícita desde el antejardín de una propiedad ajena, introduciendo la mano por la reja sin ingreso corporal completo, no vulnera la inviolabilidad del hogar del imputado ni configura agravio para reclamar nulidad por afectación a derechos de terceros
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web