Corte Suprema · Familia

Procede el exequátur de un divorcio extranjero por cese de la convivencia

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, a falta de tratado y reciprocidad, rige el artículo 245 del Código de Procedimiento Civil, cuyos requisitos se cumplen: el divorcio por cese de convivencia por más de un año es homologable al de la Ley N° 19.947, y el plazo, por ser sustantivo, no es de orden público. Acogió el exequátur.

Materias tratadas

  • Reconocimiento en Chile de sentencia de divorcio dictada en Alemania por cese de la convivencia conyugal

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.