Corte Suprema · Civil
Precario: no refutar jurisprudencia del fallo revocado no es falta de consideraciones
Lo que resolvió la Corte
La causal del artículo 768 N° 5 exige que la sentencia carezca de consideraciones de hecho y de derecho, y el fallo que acogió el precario las contiene. Reprocharle no refutar la jurisprudencia del fallo revocado es mera discrepancia con sus motivos. La Corte Suprema declaró inadmisible la casación en la forma de la demandada.
Materias tratadas
- Causal 768 N° 5
- Fallo de precario fundado
- Discrepancia no configura vicio
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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