Corte Suprema · Penal

Perito de descargo en el extranjero puede declarar por vía telemática

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que los artículos 329 CPP y 107 bis COT permiten que un perito ausente por causa justificada declare telemáticamente desde un lugar distinto del tribunal más cercano, si se resguardan la inmediación y la identidad del deponente. Negarlo afectó el derecho a rendir prueba de descargo: revocó y acogió el amparo.

Materias tratadas

  • Recurso de amparo
  • Declaración pericial por videoconferencia (art. 329 CPP y art. 107 bis COT)
  • Derecho a rendir prueba de descargo
  • Debido proceso

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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