Corte Suprema · Penal

Observar venta de droga habilita control de identidad e ingreso al domicilio

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el intercambio de papelillos por dinero observado por la policía es un indicio objetivo de tráfico que justifica el control de identidad del artículo 85 del Código Procesal Penal y, por constituir flagrancia, el ingreso al domicilio conforme al artículo 206. Rechazó los recursos de nulidad.

Materias tratadas

  • La observación policial del intercambio de papelillos por dinero a la salida de un domicilio constituye un indicio fundado de flagrancia de tráfico de estupefacientes que habilita tanto el control de identidad del artículo 85 CPP como la entrada y registro autónoma al inmueble conforme al artículo 206 CPP

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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