Corte Suprema · Laboral

No pagar cotizaciones justifica el autodespido aunque el vínculo se declare judicialmente

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que omitir el pago de cotizaciones previsionales y de cesantía, obligación legal perentoria, es un incumplimiento grave del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo que justifica el despido indirecto, aunque la relación laboral se reconozca en una sentencia declarativa. Acogió la unificación de jurisprudencia y dejó vigente la sentencia de primera instancia.

Materias tratadas

  • Despido indirecto (autodespido)
  • Relación laboral declarada judicialmente (contrato a honorarios en la Administración del Estado)
  • No pago de cotizaciones de seguridad social
  • Gravedad del incumplimiento
  • Efecto declarativo de la sentencia

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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