Corte de Apelaciones de Santiago · Familia
Medidas de protección se mantienen si el recurso no desvirtúa lo resuelto
Lo que resolvió la Corte
La Corte consideró el mérito de los autos, en especial una audiencia posterior que mantuvo íntegramente las medidas de protección del niño, y estimó que los fundamentos del recurso no desvirtuaban lo decidido en resguardo de su interés superior. Confirmó, en lo apelado, la resolución recurrida.
Materias tratadas
- Medidas de protección en favor de un niño
- Mantenimiento de las medidas decretadas y ratificadas en audiencia posterior
- Interés superior del niño
- Insuficiencia de los fundamentos del recurso para desvirtuar lo resuelto
- Artículo 67 y siguientes de la Ley N° 19.968
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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