Corte Suprema · Familia
La suspensión de la relación directa y regular no puede ser indefinida
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que suspender indefinidamente el régimen comunicacional importa un cese no debatido, que vulnera el artículo 229 del Código Civil y la corresponsabilidad parental. Invalidó de oficio el fallo y fijó una suspensión de seis meses, sujeta a que el padre haga terapia de habilidades parentales, tras la cual debe iniciarse la revinculación.
Materias tratadas
- Suspensión indefinida del régimen de relación directa y regular vulnera el principio de corresponsabilidad parental
- Debe fijarse plazo o condición
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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