Corte Suprema · Familia

La suspensión de la relación directa y regular no puede ser indefinida

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que suspender indefinidamente el régimen comunicacional importa un cese no debatido, que vulnera el artículo 229 del Código Civil y la corresponsabilidad parental. Invalidó de oficio el fallo y fijó una suspensión de seis meses, sujeta a que el padre haga terapia de habilidades parentales, tras la cual debe iniciarse la revinculación.

Materias tratadas

  • Suspensión indefinida del régimen de relación directa y regular vulnera el principio de corresponsabilidad parental
  • Debe fijarse plazo o condición

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
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