Corte Suprema · Familia
El artículo 768 N° 9 no procede en juicios especiales
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema declaró inadmisible la casación en la forma, pues la causal del artículo 768 N° 9 del CPC no procede en juicios regidos por leyes especiales. Rechazó la de fondo por manifiesta falta de fundamento: los hechos quedaron firmes y acreditan un cese de convivencia de más de tres años.
Materias tratadas
- Inadmisibilidad de la casación en la forma por causal del artículo 768 N°9 en procedimientos especiales y rechazo del fondo por correcta aplicación de los presupuestos del divorcio
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
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