Corte de Apelaciones de Valparaíso · Penal

La resolución que fija audiencia de incompetencia no es apelable

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la resolución que fija audiencia para debatir la incompetencia territorial no es apelable conforme al artículo 370 del Código Procesal Penal: no pone término al procedimiento, no hace imposible su prosecución ni lo suspende en sentido técnico, sino que lo programa. Rechazó el recurso de hecho.

Materias tratadas

  • Recurso de hecho
  • Régimen recursivo restrictivo y taxativo en materia procesal penal
  • Improcedencia de la apelación (artículo 370 del Código Procesal Penal)
  • Concepto técnico de suspensión del procedimiento por más de treinta días (artículo 370 letra a) del Código Procesal Penal)
  • Fijación de audiencia para debatir la incompetencia territorial como acto de gestión y programación procesal
  • Artículo 369 del Código Procesal Penal y artículo 203 del Código de Procedimiento Civil

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Valparaíso
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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