Corte Suprema · Familia
La reclamación de filiación puede dirigirse contra los herederos del padre
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema reiteró que, aunque el artículo 205 del Código Civil exige que el demandado esté vivo, sus artículos 1097 y 317 inciso segundo permiten dirigir la acción de reclamación contra los herederos del progenitor fallecido, en armonía con el principio de identidad biológica. Rechazó la casación por manifiesta falta de fundamento.
Materias tratadas
- Acción de reclamación de filiación contra herederos del padre fallecido
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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