Corte de Apelaciones de Santiago · Penal

La municipalidad puede querellarse por delitos reiterados contra la salud pública

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la municipalidad tiene legitimación activa para querellarse por un delito contra la salud pública cometido reiteradamente en su territorio, pues velar por la salud de sus habitantes es un deber legal que configura el interés exigido por el artículo 111 del Código Procesal Penal. Revocó y declaró admisible la querella.

Materias tratadas

  • Legitimación activa de las municipalidades para deducir querella
  • Interés del organismo edilicio en la persecución de delitos que atentan contra la salud pública cometidos reiteradamente en el territorio comunal
  • Artículo 111 del Código Procesal Penal
  • Artículos 4 letra b) y 28 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades
  • Apelación de la resolución que declara inadmisible la querella (artículo 115 del Código Procesal Penal)
  • Exigencia de un interés real, actual y directo asimilable a la calidad de parte tratándose de bienes jurídicos colectivos (voto disidente)

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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