Corte de Apelaciones de Santiago · Penal
Inapelables la decisión de no perseverar y el rechazo de la reapertura
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el rechazo de la reapertura no es apelable, pues el artículo 257 del Código Procesal Penal no lo contempla, y que la decisión de no perseverar es un acto administrativo privativo del Ministerio Público, que no se vuelve resolución judicial por comunicarse al tribunal. Rechazó el recurso de hecho.
Materias tratadas
- Recurso de hecho y su objeto: enmendar el agravio derivado del pronunciamiento del tribunal inferior sobre la admisibilidad de la apelación
- Carácter excepcional y restrictivo de la apelación contra resoluciones del juez de garantía (artículo 370 del Código Procesal Penal)
- Inapelabilidad de la resolución que rechaza la solicitud de reapertura de la investigación (artículo 257 del Código Procesal Penal)
- Improcedencia de subsumir dicha resolución en la hipótesis del artículo 370 letra a) del Código Procesal Penal
- Naturaleza administrativa y privativa de la decisión de no perseverar en el procedimiento y su no transformación en resolución judicial impugnable por su sola comunicación al tribunal
- Atribuciones constitucionales y legales del Ministerio Público en la dirección de la investigación
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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