Corte Suprema · Civil

La falta de emplazamiento solo genera cosa juzgada aparente

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que notificar la designación del partidor a comuneros fallecidos, sin emplazar a sus herederos, es un vicio esencial que solo genera cosa juzgada aparente, por lo que el tribunal de alzada pudo anular de oficio lo obrado (artículo 775 del Código de Procedimiento Civil). Rechazó las casaciones en la forma y en el fondo.

Materias tratadas

  • Nulidad procesal de oficio
  • Falta de emplazamiento válido
  • Proceso de designación de juez partidor
  • Cosa juzgada aparente frente a vicios estructurales
  • Debido proceso y facultades oficiosas del tribunal de alzada

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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