Corte Suprema · Laboral

La deuda parcial de cotizaciones reconocida en juicio genera nulidad del despido

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema unificó jurisprudencia: la sentencia laboral es declarativa, por lo que si reconoce diferencias de remuneraciones, el empleador debió enterar desde esa época las cotizaciones correlativas y procede la sanción de nulidad del despido, también en el autodespido, siendo irrelevantes la intencionalidad, la duración o el monto del incumplimiento. Acogió el recurso de unificación del trabajador.

Materias tratadas

  • Procedencia de aplicar la sanción de nulidad del despido (Ley Bustos) en casos de autodespido cuando, a pesar de existir pago de cotizaciones, la sentencia judicial reconoce que existían diferencias de remuneraciones (y por ende de cotizaciones) impagas de los últimos meses, considerándolo un incumplimiento grave sin importar la intencionalidad o el monto de la deuda

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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