Corte Suprema · Familia
Es válido calcular compensación económica por meses no trabajados e ingreso mínimo
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que fijar la compensación económica multiplicando los meses no trabajados por el ingreso mínimo, más un 20% por daño previsional, aplica un criterio jurisprudencial asentado y no infringe el artículo 62 de la Ley N° 19.947. Declaró inadmisible la casación en la forma y rechazó la casación en el fondo.
Materias tratadas
- Determinación del menoscabo económico y cuantía de la compensación económica fijada en función de meses no trabajados, ingreso mínimo y daño previsional
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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