Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Es legal la detención tras control investigativo con ingreso autorizado al inmueble
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la policía obró dentro de los artículos 85 y 129 del Código Procesal Penal al ingresar, con autorización de quien dijo ser propietario, al inmueble donde el imputado consumía droga y registrar sus vestimentas. Descartada la ilegalidad de la detención, confirmó la prisión preventiva por la prognosis de pena y sus antecedentes penales.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Legalidad de la detención como único fundamento del recurso de apelación
- Facultades policiales de control de identidad investigativo y de detención (artículos 85 y 129 del Código Procesal Penal)
- Ingreso a inmueble con autorización de quien señaló ser propietario y registro de vestimentas
- Alegación de la defensa fundada en que lo observado por la policía constituía la falta de consumo del artículo 50 de la Ley N° 20.000
- Tráfico de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades (artículo 4 en relación al artículo 1° de la Ley N° 20.000)
- Prognosis de pena y antecedentes penales previos como fundamento de la necesidad de cautela (artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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