Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia
Es inapelable en familia la declaración de abandono de la defensa técnica
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, conforme al artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968, solo son apelables la sentencia definitiva, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación y las que resuelven cautelares. La que declaró de oficio el abandono de la defensa técnica no es ninguna de ellas: rechazó el recurso de hecho.
Materias tratadas
- Recurso de hecho
- Divorcio por cese de convivencia con compensación económica
- Declaración de oficio del abandono de la defensa técnica e indefensión material
- Resolución de dirección del proceso no comprendida entre las apelables
- Carácter taxativo de las resoluciones apelables en el procedimiento de familia (artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968)
- Recurso de hecho (artículos 203 y 204 del Código de Procedimiento Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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