Corte de Apelaciones de Valparaíso · Civil
El vicio subsanable por la apelación deducida excluye la casación formal
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la sentencia sí ponderó razonadamente la prueba y que, en todo caso, el vicio era subsanable por la apelación también deducida (artículo 768 inciso penúltimo del Código de Procedimiento Civil). Rechazó la casación en la forma y, desestimando la apelación y la adhesión, confirmó el fallo.
Materias tratadas
- Responsabilidad extracontractual de la constructora y de la inmobiliaria por daños a una comunidad de copropietarios
- Recurso de casación en la forma por decisiones contradictorias (artículo 768 N° 7° del Código de Procedimiento Civil)
- Deber de ponderación razonada de la prueba (artículo 170 del Código de Procedimiento Civil)
- Subsanabilidad del vicio de casación por la vía del recurso de apelación conjuntamente deducido (artículo 768 inciso penúltimo del Código de Procedimiento Civil)
- Adhesión a la apelación
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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