Corte Suprema · Penal

El animus injuriandi es el dolo general del delito de injurias

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el animus injuriandi es el dolo del tipo: saber que la expresión es deshonrosa y querer proferirla; la motivación política es irrelevante.

Como el artículo 30 de la Ley N° 19.733 no regula la prueba, el rechazo de la exceptio veritatis no es revisable. Rechazó ambos recursos de casación.

Materias tratadas

  • Alcance del animus injuriandi como dolo general en el delito de injurias graves a través de un medio de comunicación social
  • Irrelevancia de las motivaciones especiales o de crítica política para descartar el dolo
  • Improcedencia de revisar en casación los hechos que rechazan la exceptio veritatis (excepción de verdad) por no ser el artículo 30 de la Ley N° 19.733 una norma reguladora de la prueba

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.