Corte Suprema · Familia
Compensación económica: no se exige probar motivos de inactividad ni dedicación exclusiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que exigir probar las razones de la inactividad laboral o una dedicación exclusiva al hogar agrega requisitos que la ley no contempla, y que los bienes que correspondan a la cónyuge en la liquidación de la sociedad conyugal no reparan el menoscabo. Acogió la casación en el fondo y, en reemplazo, concedió la compensación económica.
Materias tratadas
- La compensación económica no exige que la cónyuge pruebe los motivos de su inactividad laboral ni que su dedicación al hogar haya sido exclusiva
- La sociedad conyugal y la compensación económica son instituciones independientes que no se excluyen entre sí
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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