Corte de Apelaciones de Santiago · Penal

Cometer un nuevo delito durante la pena sustitutiva obliga a revocarla

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que, cometido un nuevo delito durante el cumplimiento de la libertad vigilada intensiva y condenado por él, la revocación y el cumplimiento efectivo operan por el solo ministerio del artículo 27 de la Ley N° 18.216, y la suspensión posterior de los controles no lo altera. Confirmó la revocación.

Materias tratadas

  • Quebrantamiento de pena sustitutiva
  • Libertad vigilada intensiva
  • Revocación por comisión de nuevo crimen o simple delito durante el cumplimiento (artículo 27 de la Ley N° 18.216)
  • Operatividad por el solo ministerio de la ley
  • Irrelevancia de la suspensión posterior de la ejecución de los controles
  • Artículos 26 y 27 de la Ley N° 18.216

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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