Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Colegiatura impaga se cobra según el valor pactado en el contrato
Lo que resolvió la Corte
La Corte tuvo por acreditada la deuda con el contrato educacional y, sin prueba del valor de la colegiatura, aplicó el valor pactado más los gastos de cobranza convenidos. Negó una indemnización adicional por el mismo concepto. Revocó y acogió la demanda, con intereses corrientes desde la mora.
Materias tratadas
- Cobro de pesos derivado de contrato de prestación de servicios educacionales
- Acreditación de la obligación mediante el contrato acompañado y su cláusula de vigencia hasta el término del año escolar de egreso del último alumno
- Determinación del monto adeudado ante la falta de prueba del valor de la colegiatura, aplicando el valor pactado en el contrato
- Procedencia de los gastos de cobranza convencionales
- Improcedencia de una indemnización de perjuicios adicional por tratarse del mismo concepto ya acogido
- Intereses corrientes desde la constitución en mora del deudor
- Artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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