Corte de Apelaciones de Santiago · Penal
Cautelares menos intensas que la prisión preventiva protegen suficientemente a la víctima
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, aunque se encuentran justificados los delitos de amenaza y lesiones menos graves en contexto de violencia contra la hija del imputado y la tenencia de un arma, la seguridad de la víctima queda suficientemente protegida con medidas de menor intensidad. Revocó la prisión preventiva y decretó prohibición de acercamiento, arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Sustitución por medidas cautelares de menor intensidad
- Delitos de amenaza y lesiones menos graves en contexto de violencia respecto de la hija del imputado
- Tenencia de arma
- Presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal
- Necesidad de cautela satisfecha con prohibición de acercamiento a la víctima, arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional
- Artículo 149 del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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