Corte Suprema · Civil
Arriendo fundado en compraventa no inscrita excluye el precario
Lo que resolvió la Corte
El precario exige ausencia total de vínculo jurídico entre el ocupante y el dueño o la cosa. El demandado es arrendatario de quien compró al anterior dueño; esa compraventa, aunque no inscrita, es título para ocupar y el conflicto exige otras acciones. En sentencia de reemplazo, la Corte revocó el fallo apelado y rechazó la demanda de precario.
Materias tratadas
- Precario: compraventa no inscrita y arrendamiento como vínculo jurídico con la cosa
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
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