Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Antecedentes nuevos ajenos al fundamento cautelar no justifican sustituir la prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el peligro para la seguridad de la sociedad se configura por la gravedad del hecho, el instrumento usado, las lesiones potencialmente mortales y el abandono de la víctima sin auxilio, y que los antecedentes sobrevinientes recaen sobre riesgos ajenos a ese fundamento. Confirmó y mantuvo la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Sustitución de la medida cautelar (rechazada)
- Homicidio en grado frustrado (artículo 391 N° 2 del Código Penal)
- Ánimo homicida y dolo eventual
- Necesidad de cautela y peligro para la seguridad de la sociedad (artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal)
- Suficiencia de la fundamentación sobre la improcedencia de medidas de menor intensidad (artículo 139 del Código Procesal Penal)
- Antecedentes sobrevinientes y su irrelevancia frente al peligro para la seguridad de la sociedad
- Artículos 140, 149, 152 y 360 del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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