Corte de Apelaciones de Valparaíso · Civil
Alcance y honorarios arbitrales se calculan sobre el precio de adjudicación
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, adjudicado el inmueble a los comuneros por dos tercios de su tasación pericial, esa cifra es el precio de adjudicación y la base para calcular tanto el alcance de la comunera no adjudicataria, según su cuota, como los honorarios del juez árbitro. Revocó lo apelado y ordenó recalcular ambos montos.
Materias tratadas
- Juicio particional
- Adjudicación de un bien raíz a los comuneros apelantes por dos tercios de su valor de tasación comercial
- Determinación del precio de adjudicación conforme al peritaje rendido en autos
- Cálculo del alcance a pagar a la comunera no adjudicataria en proporción a su cuota en la comunidad
- Honorarios del juez árbitro calculados sobre el valor de adjudicación
- Artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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