Corte Suprema · Penal
Aceptado el procedimiento abreviado, el Ministerio Público no puede retirar su proposición
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el Ministerio Público no puede retirar su proposición de procedimiento abreviado ya aceptado por el tribunal solo porque la defensa pidió la absolución en sus alegatos. El juez excedió sus atribuciones al dejarlo sin efecto, pues solo le correspondía dictar sentencia haciéndose cargo de las alegaciones. Acogió el amparo.
Materias tratadas
- Imposibilidad de retirar el procedimiento abreviado una vez aceptado por el juez
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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