Corte de Apelaciones de Santiago · Penal

Tráfico de drogas: cautelares del artículo 155 bastan sin prisión preventiva

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la prisión preventiva no era indispensable atendidos el tipo y cantidad de droga, la irreprochable conducta anterior y la colaboración del imputado, siendo suficientes y proporcionales las cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. Confirmó la revocación de la prisión preventiva, agregando arresto domiciliario nocturno.

Materias tratadas

  • Prisión preventiva
  • Revocación de la prisión preventiva y sustitución por medidas cautelares menos intensas
  • No discusión de los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal
  • Delito de tráfico de drogas del artículo 3° de la Ley N° 20.000
  • Necesidad de cautela como único extremo controvertido
  • No indispensabilidad de la prisión preventiva atendido el tipo y cantidad de droga incautada, la irreprochable conducta anterior y la colaboración del imputado
  • Suficiencia y proporcionalidad de las medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal más el arresto domiciliario nocturno de la letra a)
  • Artículo 140, artículo 149 y artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal
  • Artículo 3° de la Ley N° 20.000

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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