Corte Suprema · Civil

Término anticipado del arriendo: artículos 1945 y 1948 son normas decisoria litis

Lo que resolvió la Corte

Ambos recursos omitieron denunciar normas decisoria litis del término anticipado del arriendo, como los artículos 1945 y 1948 del Código Civil y 8 N° 7 de la Ley N° 18.101, y buscaban alterar hechos fijados: la renta aplicable y una modificación contractual. La Corte Suprema rechazó las casaciones en el fondo de ambas partes por manifiesta falta de fundamento.

Materias tratadas

  • Término anticipado del arrendamiento: normas decisoria litis omitidas y hechos fijados

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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