Corte Suprema · Penal

Son ilegales las medidas intrusivas autorizadas sin fundamentación

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que las resoluciones que autorizaron la entrada, registro e incautación sin expresar los antecedentes ni mencionar a los afectados infringieron el deber de fundamentación (art. 36 CPP), vicio que no subsana una explicación posterior. Acogió el amparo, dejó sin efecto las medidas y ordenó devolver los teléfonos.

Materias tratadas

  • Recurso de amparo
  • Entrada, registro e incautación
  • Deber de fundamentación de las resoluciones judiciales (art. 36 CPP)
  • Inviolabilidad del hogar y libertad personal
  • Retención de personas durante diligencia

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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