Corte Suprema · Civil
Precario: el artículo 1698 no permite impugnar la suficiencia probatoria
Lo que resolvió la Corte
El artículo 1698 del Código Civil, invocado para discutir la suficiencia probatoria, no es ley reguladora de la prueba: solo se infringe alterando el onus probandi. Así, quedaron inamovibles el dominio del actor y la ocupación sin título. La Corte declaró inadmisible la casación en la forma de los demandados y rechazó la de fondo por manifiesta falta de fundamento.
Materias tratadas
- Precario: causal 768 N° 9 no relacionada con artículo 800
- Hechos inamovibles
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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