Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia
Plazo para apelar sentencia oral corre desde su incorporación al sistema
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el plazo para apelar la sentencia de familia pronunciada oralmente se computa desde su incorporación al sistema, pues solo entonces la parte pudo conocer íntegramente sus fundamentos y preparar el recurso, en resguardo del derecho al recurso. Acogió el recurso de hecho y declaró admisible la apelación.
Materias tratadas
- Recurso de hecho
- Denegación del recurso de apelación por extemporaneidad
- Sentencia pronunciada oralmente en audiencia e incorporación posterior de su texto al sistema
- Cómputo del plazo para apelar desde la incorporación de la sentencia al sistema
- Derecho al recurso, derecho a defensa y debido proceso
- Artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web