Corte de Apelaciones de Santiago · Penal
Los informes sociales no bastan para variar la prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que los informes sociales invocados no son circunstancias nuevas que hagan variar la necesidad de cautela, único punto discutido. La gravedad y multiplicidad de los delitos de tráfico de drogas y tenencia de armas hacen de la libertad del imputado un peligro para la sociedad. Confirmó la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Revisión de la medida cautelar personal
- No controversia de los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal
- Delitos de tráfico de drogas y tenencia de armas y municiones
- Necesidad de cautela como único extremo en discusión
- Inexistencia de nuevas circunstancias que hagan variar la necesidad de la medida
- Insuficiencia de los informes sociales invocados
- Peligro para la seguridad de la sociedad atendida la gravedad, naturaleza y multiplicidad de los delitos imputados
- Artículo 140 y artículo 149 del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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