Corte Suprema · Familia
La filiación puede reclamarse contra los herederos del padre fallecido
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema reiteró que el artículo 205 del Código Civil limita la acción si el demandado vive, pero los artículos 1097 y 317 inciso segundo permiten dirigirla contra los herederos del progenitor fallecido, conforme al derecho a la identidad biológica y la libre investigación de la paternidad. Rechazó el recurso de los herederos.
Materias tratadas
- Reclamación de filiación no matrimonial dirigida contra los herederos del presunto padre fallecido
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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- Resumen extenso
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