Corte Suprema · Familia
La apelación del amparo constitucional tiene plazo de cinco días corridos
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, a falta de norma especial o de remisión expresa, rige la regla general del artículo 50 del Código Civil: el plazo para apelar la sentencia de amparo constitucional es de cinco días corridos desde la notificación. Como la apelación fue bien declarada extemporánea, rechazó el recurso de hecho.
Materias tratadas
- Naturaleza del plazo para apelar la sentencia que falla un recurso de amparo constitucional: si se cuenta en días corridos o hábiles
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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