Corte Suprema · Penal
La acusación nueva tras una defectuosa no corregida es extemporánea
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el artículo 247 inciso quinto del Código Procesal Penal, que admite acusar fuera de plazo, supone que no se dedujo acusación alguna y no cubre una defectuosa. No corregida la original, la posterior era nueva y extemporánea: revocó, acogió el amparo y decretó el sobreseimiento definitivo parcial.
Materias tratadas
- Recurso de amparo
- Acusación con vicios formales no subsanados
- Sobreseimiento parcial definitivo (art. 250 letra e CPP)
- Plazo para acusar (art. 247 CPP)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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