Corte de Apelaciones de Santiago · Penal
Es inapelable lo resuelto sobre la suficiencia de la fianza cautelar
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, en el régimen taxativo de los artículos 158 y 370 del Código Procesal Penal, solo son apelables las resoluciones que conceden o niegan cautelares reales, no las decisiones accesorias sobre la calificación de la caución, sin que el Código de Procedimiento Civil permita ampliarlo. Rechazó el recurso de hecho.
Materias tratadas
- Recurso de hecho
- Régimen taxativo de apelabilidad de las resoluciones del juez de garantía
- Impugnación de medidas cautelares reales
- Objeción a la suficiencia de la fianza rendida
- Improcedencia de la apelación respecto de decisiones accesorias a la calificación de la caución
- Inaplicabilidad supletoria de las normas del Código de Procedimiento Civil sobre medidas precautorias
- Artículo 370 del Código Procesal Penal
- Artículo 158 del Código Procesal Penal
- Artículo 52 del Código Procesal Penal
- Artículo 2350 del Código Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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