Corte Suprema · Penal
El solo veredicto condenatorio no justifica decretar la prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que decretar la prisión preventiva solo por haberse comunicado un veredicto condenatorio, sin sentencia ejecutoriada, vulnera la presunción de inocencia y el deber de fundamentación (artículos 36 y 143 del Código Procesal Penal). Sin nuevos antecedentes calificados de peligro acreditados, acogió el amparo y revocó la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva decretada únicamente por veredicto condenatorio (Presunción de inocencia)
- Acogido por mayoría (3-2)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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