Corte Suprema · Civil

El intermediario de entradas responde ante el consumidor por el prestador efectivo

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la vendedora de entradas es proveedora e intermediaria del espectáculo y responde conforme al artículo 43 de la Ley N° 19.496, siendo abusivo supeditar la devolución a la productora, y que los informes compensatorios del Servicio Nacional del Consumidor no bastan para probar perjuicios. Rechazó las casaciones de ambas partes.

Materias tratadas

  • Protección de los derechos de los consumidores (Ley N° 19.496)
  • Cláusulas abusivas en contratos de adhesión web
  • Responsabilidad del intermediario (Artículo 43 LPC)
  • Limitaciones para el reembolso de entradas
  • Insuficiencia probatoria de los "Informes Compensatorios" del SERNAC

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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