Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
El curador provisorio también puede obtener la ficha clínica del interdicto
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el artículo 13 de la Ley N° 20.584 da acceso a la ficha clínica al representante legal, sin distinguir entre curador provisorio y definitivo. Negársela a un curador por ser provisorio es ilegal, pues agrega un requisito que la ley no contempla. Acogió la protección, sin costas, y ordenó entregarle copia íntegra.
Materias tratadas
- Acceso del curador provisorio a la ficha clínica de persona interdicta
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web