Corte de Apelaciones de San Miguel · Civil

Contactar con fines promocionales a inscritos en No Molestar es infracción

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que quien se inscribe en la plataforma No Molestar del Sernac ejerce el derecho del artículo 28 B de la Ley N° 19.496 a no ser contactado con fines publicitarios o promocionales. Contactarlo después con esos fines infringe esa norma. Revocó la sentencia, acogió la denuncia y multó con 5 UTM a una compañía de telefonía.

Materias tratadas

  • Plataforma No Molestar y contacto promocional posterior: infracción del artículo 28 B

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de San Miguel
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.