Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Sin presunciones fundadas de participación no procede la prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que no se satisface el artículo 140 letra b) del Código Procesal Penal: la droga se halló en un inmueble donde el imputado no estaba, sin acreditarse que le perteneciera o lo controlara, y el mensaje "nos pillaron" es, por sí solo, demasiado ambiguo para fundar la participación. Confirmó la resolución que rechazó la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Delitos de tráfico ilícito de drogas y amenazas simples
- Presunciones fundadas de participación (artículo 140 letra b) del Código Procesal Penal)
- Insuficiencia de antecedentes para vincular al imputado con la droga incautada hallada en inmueble en que no fue encontrado
- Ambigüedad del mensaje de WhatsApp "nos pillaron"
- Artículos 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal
- Facultad de formalizar y solicitar cautelares pese a la declaración de ilegalidad de la detención (artículo 132 inciso final del Código Procesal Penal) (voto disidente)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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