Corte de Apelaciones de Santiago · Penal
El recurrente que no comparece a la vista abandona su apelación
Lo que resolvió la Corte
La Corte declaró abandonada la apelación de la querellante, cuyo abogado no se anunció ni concurrió a la audiencia, conforme al artículo 358 inciso segundo del Código Procesal Penal. Además, confirmó por sus fundamentos las resoluciones que anularon la citación a reapertura de la investigación y sobreseyeron definitivamente por prescripción.
Materias tratadas
- Abandono del recurso de apelación por incomparecencia del recurrente (artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal)
- Incidente de nulidad contra la citación a audiencia de reapertura de la investigación
- Sobreseimiento definitivo por extinción de la responsabilidad penal por prescripción
- Artículos 253 y 370 del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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