Corte Suprema · Civil

El juez no puede fallar bajo un estatuto de responsabilidad no invocado

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el principio iura novit curia tiene por límite la congruencia: no se puede acoger una demanda indemnizatoria bajo un régimen de responsabilidad distinto del invocado. Acogió la casación en la forma por ultra petita y, en reemplazo, rechazó la demanda por no probarse negligencia ni perjuicios.

Materias tratadas

  • Vicio de ultra petita
  • Principio iura novit curia y congruencia procesal
  • Opción de estatutos de responsabilidad (contractual vs. extracontractual)
  • Carga de la prueba en materia de daños

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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